Alcalde de Lebu
Juntos hacemos la diferencia ...
Desde este portal quiero en mi nombre y en el del Concejo Municipal entregarles mis sinceros saludos a todos y contarles que a través de este importante medio digital, trataremos de informar todas las actividades que realiza nuestro municipio.
En este sitio entregaremos información actualizada de los diversos proyectos que estamos realizando en nuestra comuna. Aquí compartiremos nuestras iniciativas en infraestructura, en el área social, productiva, cultural y deportiva, como también en educación y salud.
De esta forma buscamos transparentar hacia la ciudadanía nuestra gestión y que todos los vecinos tengan acceso a conocer el trabajo de su municipio y los beneficios que existen para ellos.
Esperamos que esta sea una herramienta útil de comunicación y participación para todos ustedes ya que dispondremos también de un contacto directo con quienes visiten nuestra página para recibir sus consultas, aportes, inquietudes y denuncias. Nuestro desafío como municipio es hacer crecer esta tierra noble y generosa. Recuperemos entre todos el orgullo de ser lebulenses y aportemos cada uno nuestro esfuerzo, para que con la ayuda de Dios hagamos de nuestro Lebu una ciudad mejor.
Dirección: Andrés Bello 233, Lebu, Región del Biobío
Correo: alcalde@lebu.cl
Teléfono: +56 412 866704
Preguntas Frecuentes
Conoce las principales preguntas que hacen en la Alcaldía
Conocer másPor votación directa cada cuatro años y pueden ser reelectos.
▪ Ser ciudadano o ciudadana con derecho a sufragio.
▪ Saber leer y escribir.
▪ Tener enseñanza media o equivalente.
▪ Tener residencia en la región a la que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.
▪ Tener su situación militar al día.
▪ No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
El alcalde o la alcaldesa es la máxima autoridad de la municipalidad y le corresponde la dirección, administración y supervigilancia de su funcionamiento. A la municipalidad le corresponde la administración local de cada comuna o agrupación de comunas.
▪ Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad.
▪ Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad.
▪ Velar por la probidad administrativa dentro del municipio.
▪ Administrar los recursos financieros de la municipalidad.
▪ Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan.
▪ Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales.
▪ Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda.
▪ Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna.
▪ Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el Consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil.
▪ Someter a plebiscito las materias de administración local.
Deberá presentar a la aprobación del Concejo Municipal:
▪ Plan Comunal de Desarrollo.
▪ Presupuesto Municipal.
▪ Plan Regulador.
▪ Políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión.
▪ Políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
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